El proyecto que se sancionará mañana en Valparaíso fue el tercero que ingresó al Poder Legislativo con la intención de ponerle el cascabel al lobby. La primera iniciativa legal en esta materia data de abril de 1993. Se trata del proyecto de ley para garantizar la probidad de las autoridades y jefes de los servicios públicos, diputados y senadores (Boletín Nº 966-07) que, en términos generales, proponía "prohibir" a dichas autoridades "y, en general, a cualquier persona que en virtud del cargo que ocupa esté llamada a velar por intereses superiores", realizar o participar en actividades de lobby, "de manera de impedir el riesgo de enfrentarlo a una eventual, inadecuada, abusiva o arbitraria solución en un conflicto".
Asimismo, impedía que funcionarios clasificados en cualquiera en las categorías antes mencionadas pudiera ser nombrado, cuando se deja el cargo público y durante los dos años posteriores, en el directorio de alguna de las empresas en que aquel tiene interés o a las que ha correspondido fiscalizar.
El trámite se inició por moción parlamentaria, suscrita por los entonces diputados Jorge Schaulsohn (PPD), Ramón Elizalde (PS), Sergio Elgueta (PPD), Hosaín Sabag (RN), Hernán Bosselin (DC) y Carlos Montes (PS). Tuvo una rápida tramitación hasta septiembre de 1993 en la Cámara de Diputados. Pero, una vez en el Senado, no logró salir de la comisión especializada. Suspendida su tramitación días después de ingresada a dicha instancia, después de dos peticiones fallidas, finalmente se aprobó su archivo definitivo en mayo de 1998.
La segunda iniciativa comenzó su periplo legislativo en septiembre 2003, cuando los diputados UDI Marcela Cubillos, Iván Moreira, Cristián Leay, Pablo Longueira y Felipe Salaberry, en coordinación con los RN Carlos Recondo, Pedro Álvarez, Mario Bertolino y Pablo Galilea, presentaron una moción para modificar la Ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a fin de impedir y sancionar el acceso privilegiado de grupos de presión o de lobby a la autoridad (Boletín Nº 3337-07).
En un artículo único, los parlamentarios proponían introducir en dicho cuerpo legal un nuevo artículo (64 bis) que estableciera que "contraviene el principio de probidad administrativa el facilitar, por cualquier medio, el acceso privilegiado a la autoridad de aquellas personas naturales y jurídicas que actúen como lobbystas o grupos de presión, entendiéndose por tales a aquellos que, por sí o en representación de terceros, busquen influir en el diseño o implementación de políticas públicas nacionales o locales de cualquier tipo, a través de métodos y formas especiales y privilegiadas, distintas a las autorizadas en conformidad a la Constitución y a la ley".
Este proyecto se archivó en agosto de 2006 sin haber aprobado ningún trámite legislativo.
La tercera fue la vencida. En noviembre 2003, ingresó el proyecto que se sancionará mañana (Boletín 3407-07), redactado, entre otros, por el diputado DC Jorge Burgos y la PPD Carolina Tohá.
En total, fueron más de cinco años de tramitación legislativa. La primera valla se saltó en diciembre de 2004, cuando fue aprobado por la Cámara de Diputados. El Senado lo aprobó modificado en su esencia en agosto de 2007, después que el Ejecutivo lo calificara con suma urgencia.
La comisión de la cámara baja, luego de estudiar la nueva versión, recomendó rechazar las modificaciones de la cámara alta. Y así se hizo, por la unanimidad de los presentes, salvo tres abstenciones, en septiembre de 2007.
Eso hizo necesaria la conformación de una comisión mixta, que finalmente optó por la normativa que estableció el Senado, considerada por los diputados como "manifiestamente más restrictiva", según calificó el presidente de la comisión especializada, diputado Jorge Burgos, que es la que se votará