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Friday, December 10, 2010

LAS IDEAS LOCAS DE UN POLITICO DE IZQUIERDA"PROGRE"


Tucapel Jiménez (PPD) propone trasladar a reos de San Miguel a Punta de Peuco o Penal Cordillera

Medida busca acomodar al resto de los internos de la torre quemada ante la dificultad para reasignar celdas.

por: La Segunda Online
viernes, 10 de diciembre de 2010

El diputado PPD y miembro de la Comisión de Derechos Humanos, Tucapel  Jiménez, propuso este viernes trasladar temporalmente a la cárcel de Punta de Peuco y el Penal Cordillera a los internos de la torre quemada número 5 de la cárcel de San Miguel, debido a la dificultad existente para reasignar celdas.

Jiménez manifestó que "siempre he dicho que nuestro país existe desigualdad hasta en los presos, ya que mientras a algunos se les ha construido cárceles especiales y de lujo, otros cumplen su condena hacinados  y en forma indigna".

Por ello, propone habilitar instalaciones de la cárcel Punta de Peuco y el Penal Cordillera para recibir a los presos de los pisos inhabilitados en San Miguel y evitar así, un aumento explosivo y peligroso de la sobrepoblación penitenciaria en ese recinto.

"Me he enterado que los presos serán reasignados a otras celdas en el mismo recinto carcelario, esto empeorará aún más el hacinamiento que ya existe. Tampoco podemos destinarlos a otras cárceles, ya que todas tienen el mismo problema. En Punta de Peuco sobra espacio o al menos no existe hacinamiento", indicó Jiménez.

El parlamentario aclaró que "esta propuesta no busca provocaciones, sino más bien una solución temporal y práctica a la crisis penitenciaria que existe en el país. Ojala que sea tomada en serio por las autoridades".

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Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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EL TREMENDO DESCARO DE LAGOS ESCOBAR: NO HAY NADA QUE RECONOCER DE SU GOBIERNO


Von Baer responde a Lagos: Hizo tres cárceles de las diez que prometió

Lejos de enfriar el debate por el enfrentamiento entre el Presidente y el ex Mandatario, la portavoz de La Moneda recordó las promesas incumplidas del mandato de Lagos.

Emol
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Viernes 10 de Diciembre de 2010 17:08

SANTIAGO.- La vocera de Gobierno, Ena von Baer, replicó hoy duramente a los cuestionamientos que el ex Mandatario Ricardo Lagos  le hizo cara a cara al Presidente Sebastián Piñera en el contexto de la polémica que ha generado la muerte de 81 reos en la cárcel de San Miguel.

"Siento que en las declaraciones de sus ministros no ha habido ningún reconocimiento a los avances logrados durante mi gobierno en materia de política carcelaria", le dijo ayer Lagos al Jefe de Estado en alusión a los dichos del ministro Felipe Bulnes, quien señaló que la crisis carcelaria fue "un problema heredado".

Lejos de enfriar el debate por la escena que ocurrió al finalizar la ceremonia de entrega del informe anual de DD.HH., Von Baer le recordó a Lagos las promesas incumplidas de su mandato en esta materia.

"Nos eligieron realmente para enfrentar los problemas, no para buscar los culpables, sino que para decir las cosas como son", dijo la ministra en radio Bío-Bío. "Tenemos un hacinamiento en las cárceles hace muchísimos años que el ex Presidente Lagos el año 2002 prometió terminar. Él prometió diez cárceles durante su mandato y sólo pudo concretar tres, y hasta el día de hoy sólo tenemos funcionando seis", agregó.

La secretaria de Estadio afirmó que "acá se hizo en su momento un ofertón de cárceles, 15, de las cuales al día de hoy tenemos funcionando sólo seis (...) Hagámonos cargo de las realidades, no para la pelea política pequeña, sino que para poder enfrentar los problemas".

Asimismo, Von Baer desmintió al senador democratacristiano Andrés Zaldívar, quien acusó que el Gobierno redujo en 40% la inversión carcelaria: "Eso no es así (…) Nosotros estamos haciendo un esfuerzo como Gobierno para que funcione mejor nuestro sistema carcelario".


"Nos hubiese gustado que durante los gobiernos de la Concertación existiese la preocupación que tienen hoy respecto a Gendarmería y respecto al funcionamiento de las cárceles", concluyó la vocera.

Fuente:EMOL
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participacion ciudadana: Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

AVANCES EN PARTICIPACION CIUDADANA

Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

Publicado el 10 de diciembre del 2010

Comisión de Constitución despachó moción de diputados que fortalece el trabajo parlamentario dando más transparencia a la actividad legislativa.

    La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a la Sala un proyecto de ley de origen parlamentario que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional con el propósito de dar más transparencia al trabajo legislativo permitiendo el acceso del público a las comisiones especializadas.

    La última reforma de amplio alcance a la LOC del Congreso entró en vigencia en julio pasado y en su artículo 5-A establece que "las sesiones de comisión se realizarán sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros", precisando en otro inciso que los materiales de registro de dichas comisiones, como grabaciones y apuntes, tampoco serán públicos.

    Ante tal situación, diez diputados de diversas bancadas presentaron un proyecto que reforma dicha normativa con el propósito de permitir un mejor trabajo parlamentario, facilitando el acceso del público a las sesiones de comisión y a los materiales de registro de la secretaría de éstas y de los comités, como también regular la asistencia de los asesores parlamentarios.

    La propuesta fue objeto de amplio debate parlamentario en la Comisión de Constitución, donde se le introdujeron indicaciones que reforzaron la orientación hacia mayores niveles de transparencia en el trabajo parlamentario.

    De esta forma, los integrantes de la Comisión de Constitución presentaron una indicación que fue aprobada y donde se dispone que las comisiones deberán publicar en los sitios electrónicos de las respectivas cámaras los acuerdos adoptados, los informes que emitan, los antecedentes considerados en sus sesiones, la asistencia de los parlamentarios e invitados, las votaciones y el registro de audio del debate desarrollado en ellas.

    De igual forma, se resolvió que las comisiones podrán autorizar el ingreso de público a las sesiones por acuerdo adoptado por la mayoría de los diputados y senadores presentes.

    La indicación establece que la sesión de Sala y de Comisiones podrán ser declaradas secretas cuando se afecten derechos de las personas o la seguridad nacional, para lo cual se requerirá el acuerdo de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.

    La iniciativa legal deberá ahora ser votada en particular por la Sala con las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución.
    WWW.PARCIUDADANA.BLOGSPOT.COM



     

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    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Publicado el 10 de diciembre del 2010

    El diputado Alejandro Santana, quien acompañó al Intendente en el anuncio, destacó la responsabilidad con que el Presidente Piñera tomó la decisión de mantener a Chaitén como capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara.

      Tras conocerse estudios sobre suelo y ceniza, el Gobierno normalizará los servicios públicos básicos en el casco norte de Chaitén, según informó en Puerto Montt el intendente Juan Sebastián Montes, quien estuvo acompañado por el senador Carlos Kuschel (RN) y el diputado por Chiloé y Palena, Alejandro Santana (RN), entre otros personeros.

      "Según se informó, el Presidente Piñera prefirió mantener a Chaitén como la capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara, que trató de impulsar la Concertación", destacó el diputado Santana.

      El parlamentario, quien había solicitado al Mandatario nuevos estudios sobre Chaitén cuando asumió el Gobierno, indicó que tras conocerse dichos estudios se concluyó que la zona es habitable y transitable, lo que permitirá restablecer los servicios básicos en el casco norte de la ciudad.

      "Tanto el análisis de los metales pesados, de ceniza y material particulado respirable y de riesgo de aluvión concluyen que la zona es habitable y transitable, pero que se encuentra sujeta a riesgos permanentes, en especial para la propiedad y las construcciones, que hacen que la habitabilidad quede restringida a la parte norte de la ciudad. Pero ese riesgo no es absoluto, por lo que se restablecerán los servicios básicos de luz y agua y su operación quedará sujeta a nuevas evaluaciones de riesgo", explicó.

      El parlamentario dijo que el Gobierno además reiteró su compromiso de continuar con el mejoramiento y mantenimiento de la carretera austral; seguir con los proyectos en estudio y ejecución, como la relocalización definitiva del puerto en Fandango; la restitución del aeropuerto y la apertura y mantención de la red vial.

      Destacó que el Ejecutivo haya realizado estos estudios exhaustivos con todos los antecedentes, valorando los aportes hechos de todos los sectores, lo que también permitió decidir que no se continuará a corto plazo con la construcción de una nueva ciudad en Santa Bárbara.

      Enfatizó que "a contar de hoy la gente que vive en Chaitén, que puede reubicarse en el casco norte, va a tener el apoyo del Gobierno y va a ser un escenario sustentable en el tiempo. Creo que hay que reconocer el compromiso y responsabilidad del Ejecutivo de realizar estos estudios para conocer los riesgos y evitar que ocurra lo que pasó en Arica".

      Dijo que también hay que hacer un reconocimiento a la gente que ha permanecido de manera valiente en la zona durante todo este tiempo y estimó que detrás de esta desgracia hay una tremenda oportunidad de hacer un Chaitén emprendedor, cuya principal actividad económica será el turismo.

      Indicó que el crecimiento del casco norte de Chaitén dependerá de la demanda e interés por retornar a la zona, lo que es muy difícil de medir hoy día, pero que considera facilitar todas las condiciones para que la gente viva de manera saludable. "A medida que la población crezca, Chaitén va a tener los recursos y servicios de acuerdo al número de personas que van habitar la ciudad", planteó.

      Sostuvo que "hoy hemos sido testigos de un hecho histórico que demuestra cómo hay que hacer las cosas, de manera responsable y prudente, con toda la información para que la gente pueda tomar la decisión de establecerse o no en Chaitén".

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      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      El vicepresidente del partido, Manuel José Ossandón, dijo que muchos miembros de la colectividad liderada por Ignacio Walker se sienten en "corral ajeno" en el bloque opositor.

      Emol
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      Viernes 10 de Diciembre de 2010 11:37
      ''Conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además no le he ofrecido nada a nadie'', indicó el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, sobre sus contactos con la DC.
      Foto: Luis Quinteros, El Mercurio

      SANTIAGO.- "Es cosa de abrir los ojos y ver que la mayoría de los votantes de la DC tienen un espíritu completamente distinto a la izquierdización de la Concertación".

      Con estas palabras, el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, explicó esta mañana las razones que han llevado a su partido a mantener conversaciones con algunos representantes de la Democracia Cristiana.

      Esto, en medio de la polémica que se ha generado en el conglomerado opositor por la eventual ampliación del bloque.


      "El hecho de conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además en las conversaciones que he tenido no le he ofrecido nada a nadie", indicó el alcalde de Puente Alto en radio Cooperativa.

      Según el edil, "los fundadores de la Falange deben saltar en la tumba cuando ven acuerdos electorales con el PC, con quienes no tengo nada en contra, pero uno cuando hace acuerdos lo hace por lo que uno sueña por el país y ahí hay claramente caminos distintos".

      Ossandón también afirmó que ya no se justifica la presencia de la DC en la Concertación. "Creemos que la DC es un partido importante para Chile y no se puede desarmar por un tema de oportunismo, cuando se metió a la Concertación era porque tenían un fin claro, estaba Pinochet, pero eso pasó de moda y perdieron el Gobierno, entonces ni siquiera el poder los une", declaró.

      Por último, el personero de RN recalcó que "somos respetuosos de que la DC es parte de la Concertación, pero hay que ser objetivos y ver que es lo que piensa la mayoría de los democratacristianos y se sienten en corral ajeno".


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      Presidente Juica: “Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este”

      Presidente Juica: "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este"

      El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan, sostuvo

       

      PRESIDENTE JUICA: "ES IMPROPIO QUE UN ESTADO TENGA UN SISTEMA CARCELARIO COMO ESTE"

      El presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, se reunió esta mañana con la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, para conocer los últimos antecedentes referidos al incendio ocurrido la madrugada del miércoles 8 de diciembre, en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, y que costó la vida de 81 internos.

       

      Tras la reunión, el titular del máximo tribunal compartió la preocupación manifestada por la fiscal Mónica Maldonado, en orden a que se hace impostergable implementar soluciones definitivas al hacinamiento y entregar las condiciones que permitan la reinserción de quienes cometen delitos.

       

      "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este. Es una cosa pública y notoria que los sistemas carcelarios en Chile están colapsados y, por lo tanto, hay que hacer todos los esfuerzos posibles a nivel político y a nivel de gobierno para mejorar ese estándar. El estándar de Chile es un estándar deficitario y eso nadie lo puede poner en duda", sostuvo el presidente Juica.

       

      El alto magistrado agregó que "nadie puede ignorar todo el esfuerzo que ha hecho la Fiscal de la Corte Suprema, quien desde hace mucho tiempo que se constituye y ha reclamado de la situación carcelaria, eso es de conocimiento público. Desde el punto de vista del Poder Judicial hemos hecho lo que debíamos hacer y puesto en conocimiento de quien corresponde la situación carcelaria (…) Siempre hemos dicho que los recursos no son suficientes, que hay sobrepoblación, que los reclusos están hacinados y que todos los problemas que se pueden producir se deben a las deficiencias penitenciarias".

       

      Al ser consultado, por la posibilidad de que un hecho como el ocurrido la cárcel de San Miguel vuelva a presentarse en otro penal, indicó: "si estamos en una situación en que hay una sobrepoblación aproximada de entre  70% a 90% y en algunas partes del 100% de la población, indudablemente no hay  control. Además, hay un déficit de funcionarios penitenciarios evidente. Esos factores no son los adecuados para neutralizar cualquier tipo de conflicto como el que lamentablemente ocurrió. Es impensable que un recinto penitenciario quede a cargo de 5 gendarmes cuando hay cerca de 2 mil personas, (porque) en una situación de conflicto no sé qué pueden hacer".

       

      Por último, advirtió sobre el creciente número de personas privadas de libertad, que empinan a Chile como uno de los países con mayores índices por cada 100 mil habitantes de toda América. "No puede ser que este país con una gran grado de desarrollo económico presente ese tipo de antinomia que nos ponen en el concierto internacional como un país que tiene más presos que otros de menor desarrollo económico (…) Hay otras medidas alternativas que no funcionan. No funcionan adecuadamente los mecanismos de solución alternativa de conflictos, las libertades condicionales, porque también hay que decirlo, hay un mensaje muy fuerte de que no es bueno que las personas salgan en libertad. El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan", concluyó

       


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      CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       
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      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       

      Fuente:poderjudicial.cl
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      Saludos
      Rodrigo González Fernández
      Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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      INDIGENA CHILE: Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

      Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

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      janaya-conf4El Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas (CEPPDI) invita al Seminario y Conferencia: "Consulta Previa y desafíos de los derechos de los pueblos indigenas"

      La jornada se realizará en la Sala Helvio Soto, de la Escuela Latinoamericana de Estudios de Postgrado, U. ARCIS, Huérfanos 1721, Santiago, Chile. 10 de diciembre a las 18:00 hrs.

      En la jornada se  abordará el candente tema de la consulta previa y se presentará en Chile el libro colectivo "El Desafio de la Declaración. Historia y Futuro de los derechos de los pueblos indigenas", publicado por IWGIA

      Contaremos con la participación  - via videoconferencia-  de James Anaya, Relator Especial de Naciones Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la presencia en Chile del destacado investigador Luis Rodriguez-Piñero, uno de los principales expertos en Convenio 169 y normas de consulta.


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      FELIPE CUBILLOS Y LA OPORTUNIDAD PARA UN MEJOR ESTADO

      Participación ciudadana
       
      ES IMPORTANTE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN TODAS LAS POLITICAS PÚBLICAS
      Posteado en EMOL," Un Estado ineficiente es un Estado inmoral ". Col de Felipe Cubillos
       
      Tiene razón Felipe Cubillos y es la oportunidad para cambiar la administración del Estado, cambiar los criterios de administración y de los funcionarios.
      Ha pasado la época para que los Gobiernos continúen desarrollando su actividad en la forma tradicional, que impone la lentitud y complejidad en los hechos, actos y negocios jurídicos administrativos que en ocasiones producen tentaciones para el mal uso de los recursos del Estado, generando altos índices de corrupción, ya no es el Estado omnímodo; probablemente no se destierren las inconductas, pero soy un convencido  de que posibilitará un cambio   favorable en las mismas.-
      Es el momento para que el Gobierno  actual deje una impronta en materia carcelaria y destierre para siempre la entropía estatal de la concertación  pasada y oponga una an-entropia en materia de políticas públicas carcelarias con alta participación ciudadana.
      Con la participación ciudadana se genera el control social y se establece responsabilidades contra el actor o actores por el perjuicio ocasionado a la administración gubernamental, luego, también es un medio para velar y fortalecer la continuidad, la sostenibilidad, la confianza, la confiabilidad, la ética tanto de los servidores públicos como de los usuarios finales, desde la perspectiva interna. En cuanto al relacionamiento internacional, se facilita el intercambio de información produciendo la dinámica comunicacional necesaria para los negocios y actos administrativos estables.
       
      para ver la col.de Felipe Cubillos en EMOL y comentarios, pincha aquí:
       
       
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      SENADOR ANDRES ALLAMAND

      SENADOR ALLAMAND:
      "Las relaciones internacionales no pueden seguir siendo manejadas en secreto, como lo hizo la Concertación"


      E.P.

      El senador RN Andrés Allamand sigue de cerca, con múltiples contactos, el acontecer regional. En esta entrevista reclama contra los manejos en "pieza oscura" y al mismo tiempo dice con franqueza lo que cree sobresaliente, destacable y disgustante en los temas candentes de política exterior.

      -Se informó en la prensa que el Presidente Piñera rechazó una propuesta de enclave ofrecido por Bachelet a Bolivia. ¿Qué opina al respecto?

      "En política exterior se debe ser muy responsable, porque se trata de intereses fundamentales del Estado. Ignoro si es efectiva esa información, y por tanto, me abstengo de emitir juicios al respecto. Pueden concebirse cien fórmulas como las del enclave, pero es evidente, como lo señaló el canciller, que el país no puede dividirse. Cualquier fórmula debe ser conveniente y posible para ambos países; de otro modo, no es viable. El punto de fondo, sin embargo, es que las relaciones internacionales no pueden seguir siendo manejadas en secreto, como lo hizo la Concertación. ¿Con quién conversó la ex Presidenta Bachelet la agenda de 13 puntos con Bolivia? ¿Con parlamentarios oficialistas? ¿Con algunos diplomáticos? ¿Con quién? Le puedo asegurar que jamás se conversó el tema oficialmente con la oposición de la época. Y con Bolivia no hubo una negociación en regla -en que es inicialmente comprensible la reserva-, sino un planteamiento de políticas que se manejaron a oscuras".

      -Pero la facultad de "conducir" las relaciones exteriores es exclusiva de los presidentes...

      "Nadie lo desconoce, pero ¿significa eso que pueden comprometer el interés del país por sí y ante sí? Francamente, no lo creo. Todos aceptan que las relaciones internacionales deben ser una 'política de Estado', pero ¿cómo puede haber tal cosa si las opciones que se formulan son desconocidas fuera del estrecho círculo que rodea a los presidentes? Yo no creo que las conversaciones de política exterior puedan manejarse en una pieza oscura. Aquí no hay que perderse: los errores de política interna dañan a los gobiernos y pueden corregirse; los errores en política exterior perjudican a los países y habitualmente son irreversibles".

      -¿Cuál es su opinión global de la política exterior del Gobierno?

      "Me correspondió acompañar al Presidente en su gira a Europa, y tuvo, en cada una de sus intervenciones, un desempeño sobresaliente. Otro éxito que ha pasado inadvertido es el del Protocolo Democrático de Unasur. Cuando aprobamos el tratado, los senadores de la Coalición por el Cambio exigimos que se impulsara un complemento, ya que inexplicablemente omitía toda cláusula democrática. Ese objetivo se alcanzó a fines de noviembre, y los países firmantes acordaron complementar el tratado. También puede destacarse el manejo hecho para que Ecuador exprese de manera más explícita su concordancia con la tesis chilena en la Corte de La Haya, en cuanto los tratados de 1952 y 1954 establecieron el límite marítimo entre los tres países signatarios de dicho acuerdo".

      -Hay quienes consideran que las cláusulas democráticas no tienen mayor valor.

      "No comparto para nada ese juicio. Por de pronto, el protocolo de Unasur es mejor que la propia Carta Democrática de la OEA, que está pensada con la lógica de prevenir los golpes militares contra los gobiernos, en circunstancias de que la amenaza contemporánea contra la democracia viene desde los gobiernos autoritarios que vulneran principios democráticos. Y esa eventualidad está mejor cautelada en el protocolo de Unasur".

      -Sin embargo, usted ha sido crítico de nuestra política frente al Perú.

      "Yo he reivindicado el derecho que tiene la oposición de formular juicios en la materia. Me parece absurdo que sea un tema 'vedado' y que sólo pueda opinar el Ejecutivo. Eso no pasa en ningún país con instituciones democráticas sólidas. Tampoco me opuse al viaje del Presidente al Perú. Este gobierno hizo pública su política con ese país. Por una parte, mantuvo la línea jurídica sostenida ante la Corte, incluso con los agentes designados por Bachelet, aunque con el refuerzo de dos destacados juristas -uno chileno y otro italiano- para preparar la dúplica, y por otra, cambió el acento político de las relaciones diplomáticas. Sostuvo, y así lo ha hecho, que por inamistoso que fuera el desconocimiento del límite marítimo existente, como lo afirmó la propia ex Presidenta Bachelet y Perú hacía uso de un recurso legítimo, las relaciones no podían congelarse como lo hizo el pasado gobierno y debían seguir sirviendo una realidad incontrarrestable: que ellas son cada día más intensas y que después del juicio en La Haya seguiremos siendo vecinos.

      En definitiva, por difíciles que sean estos momentos, nuestra vecindad obliga a los gobernantes a mirar el futuro, y para fortalecer la paz hay que trabajarla. Mi diferencia está en el énfasis de esta relación. Lo que no me gusta es la política del 'aquí no ha pasado nada'. Así como no creo que haya que tener una actitud beligerante y de 'portazos' con Perú -siempre será positivo avanzar en temas bilaterales-, pienso que no puede olvidarse que nos han demandado en forma arbitraria ante un tribunal internacional. Y no estamos discutiendo por un 'pedacito' -como alguna vez dijo Aylwin-, sino de nuestro mar, cuya importancia económica y geopolítica es inmensa".

      -Usted dijo que se habría evitado un par de brindis durante la visita del Presidente Piñera a Perú.

      "Eso ya forma parte de la anécdota, y es un asunto secundario. Déjeme serle muy sincero: a mí siempre me pareció pésimo que el Presidente Chávez abrazara paternalmente a la Presidenta Bachelet en las reuniones internacionales en que coincidían. Simplemente no corresponde. Y entiendo que la Cancillería así se lo representó. Y a mí no me gusta andar a los abrazos con el artífice de la demanda contra Chile. No me parece. Pero es sólo una opinión".

      -¿Que opina del acuerdo estratégico sobre el "Arco del Pacífico"?

      "Creo que hay que andarse con mucho cuidado. Esa es una vieja aspiración de Alan García, que en esta materia no da puntada sin hilo. Estoy seguro de que hay un mensaje subliminal obvio: '¿Qué tanto lío con la demanda en La Haya si estamos todos los países del Pacífico cada vez más próximos?'. Por cierto, es positivo que Chile haya incluido a México y al resto de los países centroamericanos como posibles invitados. Pero me preocupa -aunque sea una coincidencia- que el 'Arco del Pacífico' hoy agruparía sólo a países con gobiernos de centroderecha. Hasta ahora, Ecuador se resiste a la iniciativa. Eso es un factor ideológico que nunca es bueno en las relaciones internacionales".

      -El senador Longueira ha planteado que hay que solucionar el tema de Bolivia y sugiere un plebiscito.

      "Efectivamente, debemos vincularnos e integrarnos más con Bolivia. No debemos desmayar en eso, por grandes que sean las dificultades. Yo tengo dudas en si debemos avanzar mientras esté pendiente el tema de La Haya. En lo que sí discrepo es en el mecanismo del plebiscito, que exige una improbable reforma constitucional. Para mí, lo importante es que luego de un debate abierto se forje un consenso nacional en términos de los parámetros que hay que poner arriba de la mesa. Ya vimos que el gobierno de Bachelet, en forma totalmente inconsulta, propuso un enclave. Otros creen que hay que revivir Charaña. Yo creo que primero hay que buscar un acuerdo sólido 'puertas adentro', y luego le corresponderá al gobierno que esté en el poder impulsarlo. No creo que haya que actuar al revés".


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