Con la notificación de la demanda del Perú se ha iniciado un litigio entre los dos países ante la Corte Internacional de Justicia, que podría durar años. Se hizo público el texto de la demanda y el de una declaración del Gobierno chileno. Fueron anunciados nuestros agentes y abogados previamente notificados a la Corte. Los gobiernos respectivos aludieron al litigio y a la relación bilateral.
Perú postula en su presentación -siguiendo una tesis reiterada en los últimos años- que no existe un límite marítimo entre ambos países y solicita, por tanto, que lo determine la Corte, a la que recurre en virtud del Pacto de Bogotá. Agrega que ese límite debe partir de lo que llama "Punto Concordia", distinto del Hito 1. Pide que se le reconozca un triángulo que para Chile es de alta mar y que resultaría de la zona de 200 millas que invoca. Plantea la cuestión en derecho y solicita que sea resuelta en virtud de la costumbre internacional, tal como se refleja en la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar o Convemar (de la que no es parte) y en la jurisprudencia.
En su inmediata declaración, el Gobierno chileno lamenta la presentación, que desconoce los tratados vigentes entre ambos países y la constante práctica de décadas. La demanda peruana -agrega- se refiere a espacios que se encuentran bajo soberanía y jurisdicción chilena incuestionables. Expresa su confianza en la Corte Internacional de Justicia y deja en claro que hará valer ante ella todos sus derechos. Reafirma, así, que se trata de un asunto zanjado y al que no reconoce, en propiedad, el carácter de controversia. Alude, de esta manera, al pleno vigor de los tratados de 1952 y 1954, que fijaron el límite marítimo del paralelo entre ambos países, practicado y reconocido por ambas partes y terceros por más de medio siglo.
Los planteamientos de la demanda habían sido avanzados y no constituyen sorpresa. En su contexto, parece positivo que se deje en claro el carácter estrictamente jurídico de la cuestión, que fue reafirmado por el Presidente Alan García reiteradamente ante su Congreso. También lo es que se invoque como derecho la Convemar, de la que Chile es parte y Perú no, cuya regla fundamental de delimitación es el acuerdo de las partes. Contribuye a la claridad del pleito que no se hayan presentado asuntos distintos al cuestionamiento mismo. La invocación a un punto llamado "Concordia" que se atribuye al Tratado del año 1929, se hace sólo con referencia al inicio del límite marítimo (y tiene que ver con el cambio unilateral del límite y su punto de referencia en la ley Tacna del Perú, un día antes de la demanda). En general, el breve texto se presenta en un cuidadoso y medido lenguaje jurídico.
La defensa del bien fundado caso chileno corresponderá a agentes que han trabajado previa y largamente en la preparación del caso: el subsecretario Alberto van Klaveren, agente principal, y la directora de Fronteras y Límites, María Teresa Infante, acompañados del embajador Juan Martabit. El equipo de abogados extranjeros es de reconocida capacidad: el jurista británico Christopher Greenwood, los franceses Prosper Weil y Pierre Marie Dupuy y el prestigiado estudio internacional "Freshfields", todos ellos debidamente familiarizados con la cuestión. Serán complementados por asesores nacionales y equipos consultivos a los que aludió en días anteriores el canciller. Ellos inician -o prosiguen- una importante tarea que requiere prolijidad y esfuerzo, en el marco jurídico que le es propio y que debe ser acompañado de una adecuada labor comunicacional.
Aludieron a la relación bilateral el Presidente del Perú, al dirigirse a su Congreso, y la declaración chilena. Alan García se refirió a una larga amistad que debería proyectarse hacia el futuro, a la lucha librada en conjunto por las 200 millas, a que no podía estimarse ofensivo el recurso a una solución jurídica y al propósito de mantener una buena relación.
La declaración chilena dice que el Gobierno velará por que las relaciones con Perú continúen por la senda de mutua cooperación y amplio entendimiento. Sabias expresiones mutuas que reflejan la necesidad de mantener permanentemente el litigio en su cauce, sin afectar a una amplia relación, que hoy comprende integración, intercambio de personas, amplio y libre comercio, inversiones y afinidades en el contexto latinoamericano.
Con la próxima citación de las partes por la presidenta de la Corte, la británica Rosalyn Higgins, para convenir los procedimientos, se dará inicio a los mismos. Un largo camino espera a la confirmación de nuestros establecidos derechos, que debemos lograr, y en cuyo sereno ejercicio debemos proseguir.
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