LA INTERVENCION ELECTORAL GENERA ILEGITIMIDAD POLITICA
No intervención electoral
En noviembre de 2006, en medio de los casos Chiledeportes y Publicam, la Presidenta Bachelet convocó a una comisión para que le propusiera reformas sobre probidad y transparencia. Sobre la base de ese informe, el 13 de diciembre de 2006 el Ejecutivo envió un proyecto de ley al respecto, con nuevas normas contra la intervención electoral. Él ha sido aprobado por la comisión competente de la Cámara de Diputados, a sólo cinco meses de la elección municipal.
Esto es necesario, pues tanto en las elecciones de 1999 como en las de 2005 hubo casos documentados de mal uso de recursos del Estado para hacer campaña a favor del oficialismo. Dicho proyecto contenía sólo dos propuestas para frenar la intervención electoral. Primero, prohibir la recolección de donaciones para candidatos o partidos dentro de la administración del Estado. Una prohibición tal habría impedido que en 1999 la candidatura de gobierno se beneficiara de la red de recaudación de aportes de funcionarios públicos que formó y dirigió el ex ministro de OO.PP. Carlos Cruz. Ante la autoridad de un alto cargo, muchos funcionarios se sintieron intimidados, y esa práctica continuó hasta el fin del anterior gobierno, como lo ilustran los correos electrónicos dentro de Indap denunciados en enero de 2006. También en este último caso, otro jefe invitó a sus subordinados a aportar dinero a la candidatura oficialista.
La segunda medida propuesta por el proyecto fue restringir severamente la publicidad del Gobierno durante las campañas, permitiendo sólo aquellas de utilidad pública. Esto deriva de la evidencia sobre la ejecución de presupuesto publicitario por varias reparticiones en 2005, concentrada sin justificación en el cuarto trimestre, el de la campaña electoral.
Razonablemente, los diputados no quisieron bloquear sólo los ardides de un pasado reciente, y añadieron otras medidas. Así, agregaron una prohibición de propaganda en recintos estatales, y otra de actividades partidistas de los funcionarios públicos en horarios de trabajo. Lamentablemente, también incorporaron una medida muy inconveniente, la prohibición de encuestas durante los ocho días previos a una elección -idea que ya se discutió y desechó en el pasado, al considerar las indeseables experiencias internacionales.
Este proyecto contiene otros acápites de aún mayor importancia. Algunos corregirían los graves vacíos de la Ley N° 19.884, que regula el financiamiento electoral. Esos vacíos permitieron que el administrador electoral del senador Girardi cuadrara la rendición de cuentas de su campaña electoral comprando facturas falsas (caso Publicam), lo que, sin embargo, no conllevó ninguna sanción para el referido senador. Se proponen, a futuro, sanciones que incluyan penas privativas de libertad que podrían extenderse al candidato electo, además de obligarlo a restituir los subsidios indebidamente percibidos -una orientación justificable.
También hay propuestas discutibles, como la prohibición a las personas jurídicas de realizar aportes, aunque sean reservados. Esto debería rechazarse, pues estimularía el renacimiento del financiamiento privado irregular que dominó las campañas hasta la de 2001 inclusive. El Gobierno quitó la suma urgencia a este proyecto en enero de 2007, pero la repuso el 29 de abril de 2008, lo que parece ciertamente oportuno en vísperas de la elección municipal.
Renato Sanchez 3586 of.10
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