Por la via administrativa con Andrade no se llegara a buen Puerto....
Andrade también insistió en que problemas de interpretación se solucionarán por vía administrativa
Ley de Sueldo Base: gobierno anuncia nuevos dictámenes tras fuerte arremetida de CPC
S.Celedón/P.Gallardo
Los alcances de la ley que igualó sueldo base con ingreso mínimo legal, y la inminente alza salarial que conlleva esta normativa, debido a que extiende el beneficio que se conoce como "derecho a la semana corrida" a todos los que trabajan con sistema de remuneración mixto, siguen generando reacciones.
Y ayer el turno fue del ministro del Hacienda, Andrés Velasco, quien fue categórico en señalar que "la ley fue diseñada para corregir ciertos abusos, no para legislar un aumento de remuneraciones para las personas que ganan más del sueldo mínimo. Cualquier ambigüedad en la interpretación puede y debe corregirse por la vía del dictamen respectivo".
De hecho, señaló que el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, "se ha comprometido a que la Dirección del Trabajo emitirá los dictámenes adicionales necesarios para aclarar y enmendar esta situación", en referencia al polémico artículo 45, el que de acuerdo a cifras preliminares de los gremios empresariales implica un aumento de costos entre un 10% y 15%.
Es más, explicó que si bien la Dirección ya emitió un primer oficio al respecto, "si hay dictámenes adicionales que aclaren puntos adicionales, esos dictámenes se van a emitir".
Dicha postura -horas más tarde- fue ratificada por el propio Andrade, quien señaló que la "Dirección, en uso de prerrogativas legales, emitirá los dictámenes necesarios con el objeto de cumplir y hacer cumplir la ley, velando por adecuarse al espíritu que inspiró al legislador al dictar esta normativa" .
En tanto, los movimientos a nivel gremial siguieron ayer y trascendió que representantes de las seis ramas de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) se reunieron con asesores del ministro Andrade para ver qué opciones hay de emitir una ley interpretativa.
Esto, porque a nivel privado hay consenso sobre que los dictámenes son instrumentos sólo administrativos, por ende, no tienen ningún peso en tribunales, en caso que un trabajador, que tenga sistema de remuneración mixto -es decir sueldo base más componente variable- demande a su empleador por el no pago del beneficio de la semana corrida.
Es por eso que los gremios insistirán en una ley interpretativa, pese a la reticencia del gobierno frente a esta opción, ya que trascendió que consideran "muy riesgosa" esta vía.
Ahora bien, un elemento crucial jugará la sesión de hoy de la Comisión de Trabajo del Senado donde se analizará este tema.
Empresarios
En paralelo a las reuniones internas que se han realizado a nivel empresarial con el Ejecutivo, el presidente CPC, Alfredo Ovalle, a primera hora de ayer se refirió a las implicancias del polémico artículo 45 y advirtió sobre sus efectos. "La nueva norma legal eleva sustantivamente los costos para las empresas, afecta el empleo y puede implicar un serio deterioro en las relaciones laborales", afirmó.
Asimismo, recordó que el proyecto de ley que surgió para igualar sueldo base con ingreso mínimo legal "avanzó conforme a sus ideas matrices, y sólo al final de este proceso, en las últimas instancias de su discusión en el Senado, el Ejecutivo introdujo una indicación que fue rápidamente aprobada, la cual extendió a los trabajadores que tienen una remuneración mixta -es decir, fija más variable- o sólo variable, el derecho a la remuneración del séptimo día, también conocida como semana corrida, siempre y cuando se cumpla con una jornada laboral ordinaria que la ley también define". El problema, agregó, es que este punto "introdujo disposiciones absolutamente alejadas del mensaje que le dio origen y, contrariamente, a lo señalado por las autoridades respectivas, estableció -de hecho- un incremento en el costo laboral que puede ser muy significativo para miles de empresas".
Finalmente lamentó que el dictamen emitido el lunes "en vez de presentar la solución que esperábamos, agrava el problema generado por la nueva ley sobre salarios base, al confirmar el incremento de costos, junto con establecer un período de sólo seis meses para hacer los ajustes en la remuneración".
El polémico artículo
El artículo 45 de la Ley 20.281 es el que encendió las luces de alerta a nivel empresarial.
De acuerdo a la historia de la señalada normativa, el 28 de abril pasado fue precisamente el Ejecutivo el que introdujo dicho cambio y éste se produjo a través de la siguiente incorporación: "agrégase en el inciso primero del artículo 45, a continuación del
punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: "Igual derecho tendrá el trabajador remunerado por sueldo
mensual y remuneraciones variables, tales como comisiones o tratos; pero, en este caso, el promedio se calculará sólo en relación a la
parte variable de sus remuneraciones."
Advierten visos de inconstitucionalidad
El experto constitucionalista Arturo Fermandois acusa visos de inconstitucionalidad en el artículo 45 de la Ley 20.281, que amplió el beneficio que se conoce como "derecho a la semana corrida" a los contratos con sistema de remuneración mixto.
Vamos por parte. En primer lugar, el jurista sostiene que hay que tener claro que "la Constitución contiene una garantía que consiste en el derecho a la libre contratación, o sea que el contrato de trabajo debe ser resultado de una voluntad libre de las personas que lo celebran".
Segundo, afirma que "los contratos están cubiertos por la garantía del derecho de propiedad, tanto respecto del empleador, como del trabajador".
En tercer lugar, y el aspecto más importante a la hora de explicar los alcances de la normativa señalada, Fermandois señala que "la ley puede crear todos los beneficios que estime conveniente en beneficio de los trabajadores, como por ejemplo la semana corrida u otros, pero tiene un límite, no puede afectar con estos beneficios elementos básicos de los contratos ya vigentes". Es que, explicó, esto "pugnaría con la libertad constitucional de celebrar los contratos de trabajo, es decir, si se aprueban beneficios muy interesantes para los trabajadores, hay que respetar el derecho de las personas para decidir si celebran o no contratos en estas nuevas condiciones, pero jamás podríamos alterar contratos que ya están celebrados en el pasado en elementos esenciales de estos como son las remuneraciones. Éste es el caso de la semana corrida".
FRATERNALES SALUDOS,
Rodrigo González Fernández
DIOPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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