DIPUTADOS PRESENTAN PROYECTO PARA SANCIONAR CORRUPCIÓN EN CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
Publicado el 28 de octubre del 2013
El texto fija aplicar en su grado máximo la pena contemplada para los delitos de corrupción, cuando sean cometidos por el Presidente de la República, Diputados, Senadores, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, además de una medida accesoria de inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos.
Los diputados autores de la moción recalcan que la credibilidad de las instituciones en Chile tiende a la baja. Al respecto, mencionan el Índice de Confianza Pública (ICP) elaborado por la consultora ASIA Marketing, de junio de 2013, que sitúa la credibilidad de Senadores y Diputados en apenas un 5%.
Asimismo, el Barómetro Internacional de la Corrupción, realizado por la Organización de Transparencia Internacional en 2010, que evalúa con nota 3.6 el nivel de corrupción en el aparato público chileno.
Si bien lo anterior puede tener una serie de explicaciones políticas y sociológicas, sostienen los legisladores, contribuye a dicha situación el que según cifras del Ministerio Público, entre 2010 y 2012 la mayoría de las indagaciones por casos de corrupción terminaron en el archivo provisional: 1.734 de los casos investigados y 1.249 en suspensión condicional.
Por ello "se hace urgente y necesario que desde el Congreso Nacional demos una fuerte señal de transparencia, legislando en el sentido de establecer fuertes sanciones penales que contemplen la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, a quienes siendo elegidos por voluntad popular, ya sea Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes, Consejeros Regionales o Concejales, hayan abusado de sus cargos cometiendo actos de corrupción", declaran los parlamentarios.
Por ello, el presente proyecto (boletín 9136) modifica el Código Penal, aumentando las sanciones a los empleados públicos elegidos por voluntad popular que en el ejercicio de sus cargos hayan cometido alguno de los delitos contemplados en el Título V del Código Penal.
De este modo, se establece que a los actos de corrupción cometidos por estas autoridades se les aplicará la pena contemplada para el delito en su grado máximo y la pena accesoria de inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos.
El texto fue presentado por los diputados René Alinco (IND), Mario Bertolino (RN), Juan Luis Castro (PS), Enrique Jaramillo (PPD), Miodrag Marinovic (IND) y Ricardo Rincón (DC) y será analizado por la Comisión de Constitución.
Fuente:
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU(
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