Solicitó procesalmente a la Corte Internacional de Justicia de la Haya, acepte su reclamación contra Chile, obligándonos a negociar "prontamente y de buena fe", fundada en autodenominados "derechos espectaticios". Vale decir, invocando todas las ocasiones que abordáramos su aspiración de una salida soberana al Océano Pacífico. De oficializarse el juicio ante la Corte, con Memoria, Contramemoria, Réplicas y alegatos orales, habrá un fallo. La solicitud de Bolivia se ha puesto en conocimiento de Chile, junto a los demás antecedentes que la justifican. No hay por ahora un pleito propiamente tal. Dependerá si Chile reconoce tal competencia para este caso. Culmina así, por primera vez ante la Corte, un anunciado proceso, entre tantos intentos bolivianos de materializar su aspiración marítima, desde el Tratado de Límites de 1904.
Hay que reconocer que han sido persistentes. Reclamó ante la Sociedad de las Naciones (1921), revisar el Tratado de 1904. Una Comisión de Juristas lo declaró "no recibible", pues la Asamblea no podía, por sí misma, revisarlos, lo que sólo competía a las Partes. Ante la OEA, que ha adoptado diversas resoluciones, reconociendo que es un asunto bilateral. En Charaña (1975), propusimos un corredor; pero consultado Perú (Protocolo de 1929), planteó repartir Arica entre los tres, haciéndolo inviable. Y las últimas negociaciones de 14 puntos, entre ellos el tema marítimo, que Bolivia desistió continuar, unilateralmente. En otras oportunidades Chile ha conversado o negociado al respecto. En ningún caso forzados a revisar los límites vigentes, desde hace 120 años. No hemos comprometido una salida soberana al mar. Sólo han sido negociaciones, conversaciones o tratativas, tan comunes, entre Estados, sin alcanzar nada obligatorio. Procedimientos esencialmente voluntarios, soberanos, no vinculantes. Jamás forzosos. Lo serían sólo si hay acuerdo, o una sentencia. Además, siempre procuramos contraprestaciones, como intercambio de territorios, utilización de aguas, facilidades energéticas, u otras. Nunca a cambio de nada. Sería invalidar el Tratado de Límites.
Pero ahora se nos lleva ante la Corte, una vez más, por el Pacto de Bogotá (1948), igual que con Perú. Y lo que es más inquietante, parecemos resignados a un nuevo juicio, con Agente nombrado, equipo, y la respectiva preparación para pleitear. Chile podría invocar medidas conservativas, para asegurar nuestros derechos, o excepciones preliminares, como la incompetencia de la Corte. Si no fuimos capaces de anticipar un juicio, tantas veces amenazado. Ni denunciamos, oportunamente, el Pacto de Bogotá, utilizado primero por Perú y ahora por Bolivia, todavía podríamos evitar este juicio, creado sobre bases jurídicas improcedentes; sin temer que la Corte decida ser competente (Art. 36 de su Estatuto), pues no hemos violado el Derecho Internacional. Tampoco es usual que un país sostenga dos casos paralelos ante la Corte, demandado por dos países limítrofes, simultáneamente, invocándose un Pacto que ningún beneficio nos ha traído, hasta ahora. Todo abogado sabe que es imposible asegurar un fallo sólo favorable a una parte, por positivo que sea el caso y hagamos una defensa eficiente. Menos si es un tribunal internacional. Hay amargas experiencias precedentes.
Bolivia cerró las puertas a toda otra alternativa, si hubiere juicio. Vale el principio de sólo un procedimiento a la vez, el que se escoge libremente. Situación que podría favorecernos. Pero sólo a condición de que sea exitoso. Nadie puede garantizarlo absolutamente. Ni con Perú, ni eventualmente, con Bolivia. (Santiago, 10 mayo 2013)
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