En escrito fichado como confidencial y enviado el 10 de agosto
Enersis realiza consultas "regulatorias y de interpretación" a la SVS
Pregunta si el peritaje realizado de Walker tiene vigencia o si una misma junta podría aprobar la operación y el aumento de capital.
Un día después de que el directorio de Enersis decidiera aceptar la interpretación que hizo la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) sobre el aumento de capital, en un escrito fichado como confidencial -y que la SVS hizo público ayer, el holding eléctrico le hizo una serie de consultas al regulador sobre los procedimientos que deberá realizar, por dudas "regulatorias y de interpretación", en marco de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA), "con el objetivo de informar al mercado sobre la forma de verificar la operación y los plazos para ejecutarla", dice la carta firmada por el gerente general del holding, Ignacio Antoñanzas.
Lo primero que pregunta Enersis es si el criterio del oficio Nº 9914 de abril de la SVS se aplica o no en este caso. En el mencionado escrito, enviado a la firma de casinos Enjoy por un préstamo que realizaría una sociedad ligada al controlador, la entidad señala que "considerando que 6 de los 7 directores estarían involucrados en la operación en comento, por haber sido elegidos con los votos del controlador, dichos directores debieron abstenerse en la votación", por lo que "correspondería citar a junta extraordinaria de accionistas para que aprobara la operación", señala el texto.
Luego Enersis pregunta "si las normas contenidas en el numeral 2 del artículo 147 de Título XVI de la LSA sobre directores involucrados no rigen para el Comité de Directores". Es decir, si la norma de que los directores elegidos con votos del controlador, miembros del comité, pueden o no pronunciarse.
En tercer lugar, pide a la SVS que se pronuncie sobre "cuál sería el contenido de la propuesta que el Comité de Directores requiere para informar y, en su caso, los evaluadores independientes para evaluar, compatibilizando estos efectos las disposiciones pertinentes del Título XVI de la LSA con las normas y prácticas de mercado aplicables a los aumentos de capital".
Otra duda que presenta es cómo y bajo qué condiciones los evaluadores independientes deben efectuar su informe sobre el impacto de la operación, siendo que a la fecha de emisión de dicho informe no se habrán precisado el número, ni precio de las acciones a emitir.
También consulta si la misma junta que apruebe o rechace la operación podría aprobar el aumento de capital. Además, si el directorio puede llamar a esta junta antes que el Comité de Directores emita su informe.
La séptima pregunta es si el informe de Eduardo Walker se mantiene vigente. Tras ello consulta, la factibilidad de que la mesa envié a la brevedad los antecedentes de la operación al comité para que éste pueda emitir su informe. Finalmente, si es factible sujetar los contratos de suscripción a la condición de que no se supere el 65% de concentración de la propiedad, tal cual dictan los estatutos de la sociedad.
Mañana el directorio de Enersis se reunirá, y según entendidos, podrían nombrar a los tasadores independientes que valorizarán los activos, entre otras materias.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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