Moción prohíbe el traspaso de datos personales por parte de instituciones públicas y privadas
Publicado el 23 de agosto del 2011
El proyecto busca regular el traspaso de información relativa a datos personales para fines comerciales sin el consentimiento expreso del titular de los datos, estableciendo una multa en dinero o pena de presidio para quien infrinja esta disposición.
La ley de protección a la vida privada número 19.628, representa un impulso en el sentido de mantener el principio constitucionalmente afianzado del respeto de la vida privada, a partir de las nuevas formas que reviste el diario vivir al alero del avance de la ciencia y la tecnología, protegiendo los datos personales de la personas, resguardando con ello, la intimidad de los directamente involucrados.
En nuestro país existen mecanismos de protección de la vida privada contemplados fundamentalmente en esta ley, estableciendo el legislador una serie de herramientas legales para la efectiva protección de los datos personales de los usuarios o clientes, tanto en instituciones públicas como privadas.
Sin embargo, se ha sabido de ciertos y determinados vacíos en nuestra legislación, principalmente en lo que respecta a los traspasos de datos personales desde organismos públicos a empresas privadas para fines comerciales, situación que implica un alto riesgo de quebrantamiento de [os principios sustentados en la propia ley y en la Constitución.
De este modo, la iniciativa considera que las personas deben conocer las prácticas y políticas con que se manejan sus datos, así como saber el propósito con que serán utilizados y la identidad de quien los controla, de modo de otorgar a las personas mayores ámbitos de libertades, maximizando la efectiva práctica de sus derechos, sobre todo a la privacidad y confidencialidad.
Con esto, se busca resguardar a los ciudadanos de nefastas prácticas que ocurren a diario, por ejemplo, en materia de traspaso de datos de compañía seguridad social o comercial, las que traspasan sin el consentimiento de los titulares, datos personales de éstos a las más diversas instituciones de variados rubros, principalmente el comercial o de seguros.
Así el proyecto de ley viene en establecer una mayor regulación a la práctica del traspaso de datos personales desde instituciones públicas a privadas o viceversa, para fines distintos de los sustentados por la entidad que los almacena. Dicha situación envilece los principios descritos y por tanto, esta iniciativa legislativa pretende corregirlos.
La moción prohíbe de este modo a las instituciones públicas o privadas el traspaso de información relativa a datos personales para fines comerciales sin el consentimiento expreso del titular de los datos, so pena de multa ascendente a 400 UTM, y pena de presidio menor en su grado mínimo a medio para el funcionario infractor.
En caso de que la infracción sea sometida por un funcionario público además se le aplicará la pena de inhabilitación temporal sin goce de remuneración.
El proyecto, (boletín 7831) que será analizado por la Comisión de Constitución, fue presentado por los diputados UDI, Gonzalo Arenas, Nino Baltolu, Giovanni Calderón, Gustavo Hasbún, Cristián Letelier, Iván Norambuena, Joel Rosales, Enrique Van Rysselberghe, Felipe Ward y Mónica Zalaquett.
Fuente:
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU(
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